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Calendario del Acuerdo 115: qué obligación aplica en cada fecha (2026-2028)

Calendario escalonado del Acuerdo 115 LFPIORPI: fecha por fecha, qué obligación arranca. Tabla clara de 30-nov-2026 a 2028 y el dictamen de 2029.

Respuesta directa

El Acuerdo 115/2026 no exige todo a la vez: sus obligaciones arrancan en fechas escalonadas. La entrada en vigor general es el 30 de noviembre de 2026. El 1 de marzo de 2027 aplican el enfoque basado en riesgo y matriz, el Manual de Políticas Internas y la clasificación de clientes. El 1 de junio de 2027 entran los mecanismos automatizados de monitoreo del Artículo 41. Durante 2027 ocurre el primer periodo de capacitación anual. En 2028 corre el primer periodo de auditoría anual (del 1 de enero al 31 de diciembre), cuyo dictamen se entrega a más tardar el último día hábil de marzo de 2029. El orden no es casual: primero defines cómo mides el riesgo, luego lo automatizas y al final lo auditas. Confirma cada fecha en fuentes oficiales del SAT y la UIF.

La pregunta que más nos llega desde que se publicó el Acuerdo 115/2026 en el DOF el 7 de agosto de 2026 no es “¿qué exige?”, sino “¿para cuándo?”. Y tiene sentido: la reforma añade once capítulos nuevos a las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI y mueve a todas las actividades vulnerables del cumplimiento formal a la gestión efectiva del riesgo. Es mucho. Lo que baja la ansiedad es entender que nada de eso cae de golpe.

El Acuerdo 115 tiene un calendario escalonado que reparte las obligaciones entre finales de 2026 y 2028. Cada hito tiene una fecha y una lógica: no puedes automatizar una metodología de riesgo que todavía no definiste, ni auditar un programa que apenas está arrancando. Este artículo es la referencia definitiva de ese calendario. Primero la tabla completa —fecha por fecha, qué arranca— y después cada hito explicado, para que sepas exactamente qué te toca preparar y cuándo.

Una advertencia honesta antes de la tabla: las fechas que siguen son las que fija el Acuerdo. Días inhábiles, prórrogas o precisiones administrativas del SAT pueden mover algún plazo puntual. Usa este calendario para planear, pero confirma cada fecha crítica en la fuente oficial antes de comprometer entregables internos.

Tabla del calendario escalonado del Acuerdo 115

Esta es la vista completa. Cada renglón es una fecha y la obligación que arranca en ella. Si solo te llevas una imagen de este artículo, que sea esta.

FechaQué obligación arranca
30 de noviembre de 2026Entrada en vigor general del Acuerdo 115.
1 de marzo de 2027Enfoque basado en riesgo (EBR) y matriz de riesgo, Manual de Políticas Internas y clasificación de clientes.
1 de junio de 2027Mecanismos automatizados de monitoreo (Artículo 41) y sus seis funciones.
Durante 2027Primer periodo de capacitación anual del personal.
1 de enero a 31 de diciembre de 2028Primer periodo de auditoría anual.
Último día hábil de marzo de 2029Fecha límite para entregar el dictamen de la auditoría de 2028.

La lectura rápida: 2026 es el arranque formal, 2027 es el año de construcción (método, sistema y capacitación) y 2028 es el primer año que se audita completo, con dictamen ya en 2029. Ahora cada hito por separado.

¿Qué pasa el 30 de noviembre de 2026?

Es la fecha de entrada en vigor general del Acuerdo 115. A partir de ese día, la reforma a las Reglas de Carácter General está formalmente vigente y aplica a todas las actividades vulnerables del Artículo 17 de la LFPIORPI, sin importar su tamaño.

Conviene entender qué significa y qué no. “Entrada en vigor” no quiere decir que el 30 de noviembre debas tener ya operando la matriz de riesgo, el mecanismo automatizado y la auditoría. Esos entregables tienen sus propias fechas posteriores. Lo que sí cambia ese día es el marco: el estándar contra el que se te va a evaluar deja de ser el anterior y pasa a ser el del Acuerdo 115. El reloj de preparación empieza a correr en serio.

En la práctica, el 30 de noviembre de 2026 es tu línea de salida. Todo lo que sigue en el calendario cuenta a partir de que la regla ya existe y es exigible por etapas. Si todavía no has hecho el diagnóstico de brechas de tu programa frente al nuevo estándar, qué hacer ahora que las Reglas están publicadas es el punto de partida.

¿Qué obligaciones arrancan el 1 de marzo de 2027?

Este es el primer hito de fondo, y llegan tres piezas juntas porque son inseparables:

  1. Enfoque basado en riesgo (EBR) y matriz de riesgo. Debes tener una metodología documentada que clasifique a tus clientes en riesgo bajo, medio y alto. Para los de riesgo alto, la regla exige medidas reforzadas, como conocer el origen y el destino de los recursos. La matriz deja de ser un anexo opcional y se vuelve el motor del programa.
  2. Manual de Políticas Internas. El documento que formaliza cómo tu operación aplica ese enfoque de riesgo: políticas, procedimientos, responsables y controles. No es un manual genérico descargado de internet; es la traducción de tu metodología a la realidad de tu actividad.
  3. Clasificación de clientes. El resultado de aplicar la matriz a tu cartera real: cada cliente ubicado en su nivel de riesgo, con las medidas de debida diligencia que le corresponden.

El orden dentro del calendario es deliberado. Marzo de 2027 es cuando defines cómo mides y gestionas el riesgo. Todo lo que viene después —el mecanismo automatizado, la auditoría— opera sobre esta base. Por eso este hito llega primero: sin método, no hay nada que automatizar ni que auditar.

¿Qué cambia el 1 de junio de 2027?

Entran en vigor los mecanismos automatizados de monitoreo del Artículo 41. Es el hito que marca el fin de las hojas de cálculo y los expedientes en papel como forma de sostener el cumplimiento.

El Artículo 41 exige que un sistema cumpla seis funciones concretas: (1) conservar el expediente único de identificación; (2) agrupar operaciones por cliente para detectar desviaciones del perfil; (3) proveer la información de la metodología de riesgo; (4) ejecutar el modelo de evaluación y conservar el histórico por diez años; (5) generar alertas para riesgo alto y personas políticamente expuestas; y (6) monitorear el uso de efectivo y metales preciosos.

La fecha llega después de marzo de 2027 por una razón lógica: el mecanismo automatiza la metodología de riesgo que ya debe estar operando desde marzo. Automatizar un método que todavía no existe no tendría sentido. El detalle función por función está en el análisis de los mecanismos automatizados de monitoreo del Artículo 41. El punto de calendario es este: para junio de 2027 el sistema debe estar elegido, implementado y probado, no apenas en cotización.

¿Cuándo es la primera capacitación anual?

Durante 2027 ocurre el primer periodo de capacitación anual del personal bajo el Acuerdo 115. La capacitación PLD ya era una obligación, pero el nuevo marco la integra como parte del programa efectivo de gestión de riesgo, no como un trámite aislado.

En términos prácticos, esto significa que a lo largo de 2027 debes documentar que tu personal —especialmente quienes intervienen en la identificación de clientes y en el monitoreo— recibió capacitación acorde con el nuevo estándar. La documentación importa tanto como el evento: en una revisión, lo que no está documentado no ocurrió.

Este hito convive con los anteriores. Mientras construyes la matriz (marzo) y el mecanismo (junio), el personal que operará esas piezas necesita entenderlas. Por eso la capacitación cae en el mismo año: es la que conecta el método y la tecnología con las personas que los ejecutan.

¿Cuándo corre el primer periodo de auditoría y cuándo se entrega el dictamen?

El primer periodo de auditoría anual corre del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028. Es el primer año completo en que tu programa —ya con matriz, manual, mecanismo automatizado y capacitación operando— se somete a revisión formal.

El dictamen de esa auditoría se entrega a más tardar el último día hábil de marzo de 2029. Es decir, tienes el año 2028 completo como periodo auditado y el primer trimestre de 2029 para cerrar y dictaminar. Quién puede firmar ese dictamen depende de tu nivel de riesgo:

  1. Riesgo bajo o medio: el dictamen puede emitirlo tu propia área interna.
  2. Riesgo alto: se requiere un auditor externo independiente certificado por la UIF.

La lógica del calendario cierra aquí. No se puede auditar en serio un programa que apenas arranca; por eso la primera auditoría cubre 2028, cuando todas las piezas ya llevan al menos medio año operando. El detalle de cómo funciona la auditoría, quién dictamina y qué evidencia se necesita está en el pilar del Acuerdo 115/2026.

Cómo llegar a cada fecha sin improvisar

La trampa del calendario escalonado es creer que, como la primera auditoría es hasta 2028, hay tiempo de sobra. No lo hay. La matriz de marzo de 2027 alimenta al mecanismo de junio de 2027, y ambos son lo que se audita en 2028. Un retraso temprano se arrastra hasta el dictamen.

Aquí es donde la tecnología deja de ser opcional. Sostener con hojas de cálculo la clasificación de clientes, el histórico de evaluaciones a diez años, las alertas de riesgo alto y PEP, y la evidencia lista para el dictamen, es inviable a escala. Por eso conviene elegir la plataforma temprano y que todas las piezas encajen desde el inicio, en lugar de rehacer trabajo en el último trimestre.

Regcheq PLD X está construido sobre exactamente estas obligaciones: matriz de riesgo integrada que clasifica bajo, medio y alto para marzo de 2027; las seis funciones del Artículo 41 de forma nativa para junio de 2027; y expedientes y evidencia listos para el dictamen de la auditoría de 2028. Existen otras opciones en el mercado y la decisión es tuya; el criterio honesto es simple: si la regla te va a evaluar fecha por fecha, la plataforma que ya cubre cada hito de forma nativa es la que te deja llegar listo sin fricción de última hora. Si aún estás en la etapa de elegir, la guía de software PLD para actividades vulnerables ordena los criterios.

Preguntas frecuentes

¿El 30 de noviembre de 2026 ya debo tener todo operando? No. El 30 de noviembre de 2026 es la entrada en vigor general: el marco ya es exigible por etapas, pero cada obligación concreta tiene su fecha posterior. La matriz y el manual son para marzo de 2027, el mecanismo automatizado para junio de 2027, y la primera auditoría cubre 2028. Ese día empieza a correr en serio el reloj de preparación.

¿Por qué las fechas están escalonadas y no todas juntas? Porque las obligaciones dependen unas de otras. Primero defines cómo mides el riesgo (matriz y manual, marzo 2027), después automatizas esa vigilancia (mecanismo del Artículo 41, junio 2027) y al final auditas el programa completo (2028). Automatizar o auditar un método que no existe no tendría sentido; el calendario respeta ese orden.

¿Cuándo se entrega el primer dictamen de auditoría? El primer periodo de auditoría corre del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028, y el dictamen se entrega a más tardar el último día hábil de marzo de 2029. Si tu actividad es de riesgo bajo o medio, puede dictaminar tu área interna; si es de riesgo alto, requieres un auditor externo independiente certificado por la UIF.

¿Estas fechas aplican igual a una actividad vulnerable pequeña? Sí. El Acuerdo 115 aplica a todas las actividades vulnerables del Artículo 17 de la LFPIORPI sin excepción por tamaño. Lo que varía es la escala de la implementación, no las fechas ni las obligaciones. Una operación pequeña tiene los mismos hitos que una grande.

¿Pueden cambiar estas fechas? Las fechas del calendario son las que fija el Acuerdo 115. Días inhábiles, prórrogas o precisiones administrativas del SAT podrían mover algún plazo puntual. Usa este calendario para planear, pero confirma cada fecha crítica en fuentes oficiales del SAT y la UIF antes de comprometer entregables internos.

Conclusión

El Acuerdo 115 asusta menos cuando se lee como calendario y no como un muro. Son cuatro hitos y una fecha límite de cierre: entrada en vigor el 30 de noviembre de 2026; método y manual el 1 de marzo de 2027; mecanismo automatizado el 1 de junio de 2027; primera auditoría a lo largo de 2028, con dictamen para el último día hábil de marzo de 2029. Cada fecha tiene una lógica y todas se encadenan.

La conclusión operativa es que la preparación empieza antes de la primera fecha, no en ella. Quien use 2027 para construir con calma —método primero, sistema después, capacitación en paralelo— llega a la auditoría de 2028 con evidencia sólida. Quien deje todo para el último trimestre de cada plazo llega tarde a un calendario que no perdona improvisación. Guarda esta tabla, léela contra el estado real de tu programa y empieza por el hito más cercano. Para ubicar cada fecha dentro del panorama completo, el análisis del Acuerdo 115/2026 es la referencia de fondo.

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Equipo CumplimientoPLD

Especialistas en Cumplimiento Regulatorio PLD/AML

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