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Proceso

EDD

Enhanced Due Diligence / Diligencia Reforzada

Nivel elevado de debida diligencia aplicado a clientes de alto riesgo como PEPs, residentes en jurisdicciones de riesgo o estructuras corporativas complejas.

¿Qué es EDD?

EDD (Enhanced Due Diligence), o Diligencia Reforzada, es el nivel más exhaustivo de debida diligencia que un sujeto obligado aplica cuando un cliente presenta factores de riesgo elevado. Va más allá de la CDD estándar en profundidad, fuentes de información consultadas y controles de aprobación interna.

En México, la obligación de aplicar EDD está prevista en las disposiciones sectoriales de la CNBV, CNSF y CONSAR, así como en el Reglamento de la LFPIORPI. Las Recomendaciones 12 y 13 del GAFI —sobre PEPs y relaciones de corresponsalía— son el referente internacional.

¿Cuándo se aplica EDD?

Los principales factores que activan la EDD son:

  • Personas Políticamente Expuestas (PEPs): funcionarios públicos de alto nivel, familiares y colaboradores cercanos.
  • Clientes de jurisdicciones de alto riesgo: países en listas grises o negras del GAFI, o con controles AML deficientes.
  • Estructuras corporativas opacas: empresas con cadenas de propiedad complejas, vehículos fiduciarios o accionistas en paraísos fiscales.
  • Actividades de alto riesgo: cambio de divisas, transferencias internacionales frecuentes, industrias con alta incidencia de lavado.
  • Alertas del monitoreo transaccional: cuando el perfil transaccional del cliente muestra desviaciones significativas.

Elementos adicionales de la EDD

Respecto a la CDD estándar, la EDD incorpora:

Mayor profundidad de verificación

  • Fuentes independientes adicionales para confirmar identidad y actividad económica.
  • Adverse media screening: búsqueda en medios de comunicación sobre noticias negativas vinculadas al cliente.
  • Verificación de la fuente del patrimonio y el origen de los fondos (Source of Wealth / Source of Funds).

Aprobación de niveles superiores

La apertura o mantenimiento de la relación con un cliente EDD requiere la autorización expresa del oficial de cumplimiento y, en muchos casos, de la alta dirección.

Monitoreo intensificado

Las cuentas o relaciones bajo EDD reciben revisión más frecuente: alertas con umbrales más bajos, revisión manual de operaciones y actualizaciones periódicas del expediente, generalmente cada seis meses o cada año.

Entrevista directa

En casos complejos, se solicita al cliente que explique personalmente la naturaleza y origen de sus operaciones. Esta entrevista queda documentada en el expediente.

EDD y la Evaluación Basada en Riesgo

La EDD no debe aplicarse de forma automática a todos los clientes que encajen en una categoría, sino como resultado de una evaluación individual. La EBR institucional define los criterios para escalar de CDD a EDD y documenta el razonamiento que sustenta cada decisión.

En la práctica

Un banco mediano en la Ciudad de México recibe la solicitud de apertura de cuenta de un exsecretario de Estado que acaba de concluir su mandato. Al identificarlo como PEP, activa el protocolo EDD: solicita declaración patrimonial, realiza adverse media screening, verifica la fuente de su patrimonio con documentación de nómina histórica e inversiones, y somete el caso al comité de cumplimiento para su aprobación. La cuenta se abre con monitoreo mensual y revisión anual del expediente.

Si durante el monitoreo se detectan depósitos en efectivo recurrentes que no corresponden al perfil declarado, se genera un Reporte de Operación Inusual (ROU) ante la UIF. Consulta el artículo sobre PEPs en México para profundizar en los requisitos específicos para este segmento.