Institución de Crédito
Banco
Banco comercial o de desarrollo mexicano que capta depósitos y otorga crédito, sujeto a las obligaciones PLD más estrictas del sistema financiero.
Qué es una Institución de Crédito
Una institución de crédito es la entidad financiera autorizada por el Estado mexicano para captar recursos del público en forma de depósitos y colocarlos mediante créditos, préstamos y descuentos. En el lenguaje cotidiano se conocen simplemente como bancos. La Ley de Instituciones de Crédito (LIC) regula su constitución, organización y operación, mientras que la CNBV ejerce su supervisión prudencial y en materia de prevención de lavado de dinero.
Existen dos grandes categorías:
- Banca comercial o múltiple: instituciones privadas que atienden al público en general (personas físicas, empresas, gobiernos). Ejemplos: BBVA México, Citibanamex, Santander, Banorte, HSBC.
- Banca de desarrollo: entidades de fomento con mandato público que canalizan crédito a sectores prioritarios. Ejemplos: Bancomext, Nafin, Bansefi, Banjército.
Marco Legal que la Regula
Las instituciones de crédito están sujetas a un marco PLD integrado por:
- Ley de Instituciones de Crédito (LIC): base orgánica del sector.
- Disposiciones de carácter general en materia de PLD emitidas por la CNBV (publicadas en el DOF y actualizadas periódicamente): constituyen el reglamento técnico de cumplimiento.
- LFPIORPI: aplica de manera supletoria para aspectos no cubiertos por las disposiciones sectoriales.
- Criterios de la SHCP y recomendaciones del GAFI que la CNBV traslada vía regulación secundaria.
Principales Obligaciones PLD
Por ser la puerta de entrada al sistema financiero formal, los bancos tienen las obligaciones más robustas del ecosistema:
- KYC y CDD: identificación, verificación y actualización permanente del expediente de clientes. Para clientes de alto riesgo aplica EDD.
- Identificación del beneficiario controlador: obligatoria para personas morales y fideicomisos desde la reforma al RCCV en 2022.
- Detección de PEPs: escrutinio reforzado para funcionarios públicos y sus familiares o asociados cercanos.
- Monitoreo transaccional automatizado: sistemas que detectan operaciones inusuales y generan alertas basadas en el perfil transaccional del cliente.
- Reporte de operaciones relevantes: en efectivo iguales o superiores a 10,000 USD o equivalente en pesos, ante la UIF vía SITI-PLD.
- ROS: reporte de operaciones sospechosas en un plazo máximo de 60 días hábiles desde que se detecta la operación o conducta.
- Listas de sanciones: consulta de listas negras (OFAC SDN, ONU, listas locales) antes de apertura de cuenta y de forma continua.
- Oficial de cumplimiento: designación obligatoria de un directivo responsable del programa PLD, con comunicación formal a la CNBV.
- Capacitación: programa anual que alcance al 100% del personal en contacto con clientes o transacciones.
- Auditoría independiente: revisión periódica del programa PLD por un área o firma externa al área de cumplimiento.
En la Práctica
Un banco mediano con fuerte presencia en el norte del país detecta, mediante su motor de monitoreo, que una empresa constructora realizó 42 depósitos en efectivo en distintas sucursales durante un mes, todos por importes entre 9,000 y 9,800 USD. El patrón activa automáticamente una alerta de pitufeo o fraccionamiento. El analista de cumplimiento revisa el perfil transaccional de la empresa: el giro constructivo justifica algunos movimientos en efectivo, pero la concentración geográfica y la fragmentación deliberada de montos no tienen explicación operativa razonable. Se solicita documentación adicional al cliente, que no es satisfactoria. El oficial de cumplimiento autoriza el reporte de operación sospechosa ante la UIF y evalúa el inicio del proceso de desvinculación del cliente, conforme a los procedimientos internos de gestión de riesgo. Para profundizar en el marco general, consulta la guía PLD México 2026.