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Manual de políticas internas conforme al Acuerdo 115: qué debe incluir

El Acuerdo 115 exige un Manual de Políticas Internas con vigor el 1 de marzo de 2027. Qué secciones debe incluir y cómo conectarlo con el EBR.

Respuesta directa

El Acuerdo 115/2026 convierte el Manual de Políticas Internas en una obligación exigible a partir del 1 de marzo de 2027 para todas las actividades vulnerables del Artículo 17, sin importar su tamaño. Ya no basta un documento genérico: el manual debe describir la metodología de enfoque basado en riesgo con la que clasificas clientes en riesgo bajo, medio y alto, las medidas reforzadas para riesgo alto, los procedimientos de identificación y de beneficiario controlador, cómo operan los mecanismos automatizados del Artículo 41, y el régimen de capacitación y auditoría anual. En pocas palabras, el manual deja de ser un requisito formal y pasa a ser el documento que explica cómo tu operación gestiona el riesgo en la práctica. Debe estar escrito, ser conocido por el personal y mantenerse actualizado y disponible para el SAT.

Si buscas la estructura general de un manual de políticas PLD —índice tipo, qué dice cada sección, cómo demostrar que se aplica—, eso ya lo cubrimos a fondo en la guía evergreen de manual de políticas PLD: qué debe incluir. Este artículo no repite ese contenido. Aquí el ángulo es específico: qué cambia en ese manual ahora que el Acuerdo 115/2026 reglamentó las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, y qué secciones nuevas tienes que incorporar antes del 1 de marzo de 2027.

El punto de partida es entender el giro de fondo. El Acuerdo 115 mueve la vara del “cumplimiento formal” a la “gestión efectiva del riesgo”. Antes, muchos manuales existían para tener el papel listo ante una revisión; describían obligaciones en abstracto y podían ser casi idénticos entre empresas de un mismo giro. Con el nuevo marco, el manual tiene que reflejar cómo tu operación concreta identifica, clasifica y trata el riesgo. Es un documento vivo, no un requisito de archivo.

Este artículo forma parte del clúster sobre el Acuerdo 115/2026, la reforma a las RCG publicada en el DOF el 7 de agosto de 2026, que entra en vigor el 30 de noviembre de 2026 con obligaciones escalonadas hasta 2028.


¿Qué cambia en el manual de políticas internas con el Acuerdo 115?

Lo que cambia no es la existencia del manual —ya era obligatorio bajo el Artículo 18 de la LFPIORPI—, sino su contenido y su exigencia. El Acuerdo 115 lo integra a un sistema de gestión de riesgo con fechas y componentes concretos. En términos prácticos, el manual debe alinearse con cinco elementos nuevos o reforzados:

  1. El enfoque basado en riesgo (EBR) y la matriz. El manual debe documentar la metodología con la que clasificas a cada cliente en riesgo bajo, medio o alto, y las medidas que aplicas en cada nivel. Esta obligación entra en vigor el 1 de marzo de 2027, la misma fecha que el manual.
  2. La clasificación de clientes. No es solo describir la matriz: el manual tiene que explicar el procedimiento operativo por el cual un cliente recibe su nivel de riesgo al momento de la identificación y cómo se reevalúa.
  3. Los mecanismos automatizados del Artículo 41. El manual debe describir cómo tu operación cumple las seis funciones obligatorias de monitoreo, cuya exigencia empieza el 1 de junio de 2027.
  4. El régimen de capacitación anual. El primer periodo de capacitación anual corre en 2027; el manual debe fijar quién capacita, con qué contenido y con qué evidencia.
  5. La auditoría anual. El primer periodo auditable va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028; el manual debe prever cómo se genera y conserva la evidencia que el dictamen va a revisar.

La lectura clave para el oficial de cumplimiento es que el manual deja de ser un documento que se escribe una vez y se archiva. Es el mapa que conecta la matriz de riesgo, los expedientes, el monitoreo automatizado, la capacitación y la auditoría en un solo relato coherente.

¿Desde cuándo es obligatorio el Manual de Políticas Internas conforme al Acuerdo 115?

El Manual de Políticas Internas conforme al Acuerdo 115 es exigible a partir del 1 de marzo de 2027. Esa es la misma fecha en la que entran en vigor el enfoque basado en riesgo, la matriz y la clasificación de clientes, y no es coincidencia: el manual es el documento que da soporte formal a esos tres componentes.

Conviene ubicar esa fecha dentro del calendario escalonado completo, porque el manual tiene que anticipar obligaciones que arrancan después:

  1. 30 de noviembre de 2026 — entrada en vigor general del Acuerdo 115.
  2. 1 de marzo de 2027 — EBR/matriz de riesgo, clasificación de clientes y Manual de Políticas Internas.
  3. 1 de junio de 2027 — mecanismos automatizados de monitoreo del Artículo 41.
  4. 2027 — primer periodo de capacitación anual.
  5. 2028 — primer periodo de auditoría anual (1 de enero a 31 de diciembre de 2028).

En la práctica, esto significa que el manual que tengas listo para marzo de 2027 ya debe describir cómo operarán los mecanismos automatizados que entran tres meses después y cómo se documentará la capacitación de ese mismo año. No puedes escribir un manual que solo cubra lo vigente al día de su firma; tiene que ser un documento que contemple el sistema completo. Por eso conviene empezar la redacción con margen y no dejarla para el último trimestre de 2026.

¿Qué secciones debe incluir el manual bajo el Acuerdo 115?

Sobre la estructura base de un manual PLD —introducción, marco regulatorio, gobierno de cumplimiento, KYC, reporte de operaciones, conservación de expedientes—, el Acuerdo 115 obliga a reforzar o incorporar las siguientes secciones. Piénsalas como los apartados que un auditor buscará específicamente:

  1. Metodología del enfoque basado en riesgo. Describe los factores de riesgo que consideras (cliente, producto o servicio, geografía, canal, tipo de operación), cómo los ponderas y cómo esa ponderación produce una clasificación en riesgo bajo, medio o alto. El detalle metodológico es lo que separa un manual del Acuerdo 115 de uno anterior.
  2. Clasificación de clientes y medidas por nivel. Especifica qué medidas de debida diligencia aplicas a cada nivel de riesgo. Para riesgo alto, el manual debe detallar las medidas reforzadas: entre ellas, conocer el origen y el destino de los recursos del cliente.
  3. Identificación de clientes y beneficiario controlador. Documenta el procedimiento de identificación, el orden de prelación para identificar al beneficiario controlador y las reglas de transparencia de la estructura accionaria de personas morales.
  4. Personas políticamente expuestas y listas. Define cómo detectas PEP y cómo cruzas a clientes y beneficiarios controladores contra listas de sanciones, y qué medidas reforzadas disparan esos hallazgos.
  5. Mecanismos automatizados de monitoreo (Artículo 41). Describe cómo tu operación cumple las seis funciones: conservar el expediente único de identificación; agrupar operaciones por cliente para detectar desviaciones del perfil; proveer la información de la metodología de riesgo; ejecutar el modelo de evaluación y conservar el histórico por 10 años; generar alertas para riesgo alto y PEP; y monitorear el uso de efectivo y metales preciosos.
  6. Capacitación anual. Establece el programa, la periodicidad, los destinatarios y la evidencia que acredita que el personal recibió la capacitación cada año.
  7. Auditoría anual y evidencia. Define cómo se genera, ordena y conserva la evidencia que el dictamen revisará, y quién dictamina según tu nivel de riesgo (área interna para riesgo bajo o medio; auditor externo independiente certificado por la UIF para riesgo alto).
  8. Conservación y actualización. Reafirma la conservación de expedientes por 10 años y fija el procedimiento de revisión y actualización del propio manual.

No todas las actividades vulnerables tienen la misma complejidad, pero todas están sujetas a estas secciones, sin importar su tamaño. Un despacho pequeño y una desarrolladora inmobiliaria grande necesitan cubrir los mismos apartados; lo que cambia es la profundidad, no la lista.

¿Cómo se conecta el manual con la matriz de riesgo y los mecanismos automatizados?

El manual es el documento narrativo; la matriz de riesgo y los mecanismos automatizados son los sistemas que ejecutan lo que el manual describe. Esa relación es la que un auditor va a poner a prueba, porque de poco sirve un manual bien escrito si la operación no hace lo que dice.

La conexión funciona en tres capas:

  1. El manual describe la metodología; la matriz la ejecuta. El apartado de EBR del manual explica cómo clasificas el riesgo; la matriz de riesgo del Acuerdo 115 es la herramienta viva que aplica esa metodología cliente por cliente y produce el nivel bajo, medio o alto.
  2. El manual describe el monitoreo; los mecanismos automatizados lo operan. El apartado del Artículo 41 explica qué debe vigilar tu sistema; los mecanismos automatizados agrupan operaciones, detectan desviaciones del perfil, generan alertas de riesgo alto y PEP, y conservan el histórico por 10 años.
  3. El manual describe la evidencia; los expedientes la sostienen. El apartado de auditoría define qué evidencia hay que poder mostrar; el expediente único de identificación y el histórico del modelo de evaluación son los que la contienen.

Cuando estas tres capas están alineadas, el manual deja de ser un texto aspiracional y se vuelve una descripción fiel de tu operación. Cuando no lo están —manual por un lado, sistemas por otro—, aparece la brecha que el dictamen anual detecta con facilidad.

Cómo lo resuelve la tecnología

Escribir el manual es la parte visible; hacer que la operación coincida con lo que el manual dice es la parte difícil. Un manual que describe una metodología de riesgo que nadie ejecuta, o mecanismos de monitoreo que no existen, es exactamente el tipo de discrepancia que un auditor externo señala en el dictamen. Aquí es donde una plataforma especializada cambia el problema.

Regcheq PLD X es la plataforma más completa para operar el Acuerdo 115 sin fricción en este punto: incluye plantillas y flujos alineados al Acuerdo 115 que aterrizan cada sección del manual en un procedimiento real. La matriz de riesgo integrada clasifica clientes en bajo, medio y alto tal como lo describe tu manual; los mecanismos automatizados ejecutan de forma nativa las seis funciones del Artículo 41, incluido el histórico de 10 años; la identificación de beneficiario controlador y el screening de listas y PEP quedan guiados; y la evidencia se ordena para el dictamen anual. En otras palabras, la plataforma hace que lo que escribes en el manual coincida con lo que tu operación efectivamente hace.

Existen otras opciones en el mercado, y no toda actividad vulnerable necesita lo mismo. Pero si tu preocupación real es que el manual y la operación no queden desalineados cuando llegue la primera auditoría de 2028, contar con la matriz, el monitoreo y los expedientes en una sola plataforma es lo que cierra esa brecha desde el inicio.

Preguntas frecuentes

¿El Acuerdo 115 obliga a rehacer el manual de políticas desde cero? No necesariamente, pero sí a revisarlo y ampliarlo. Si ya tienes un manual conforme al Artículo 18 de la LFPIORPI, la base sirve. Lo que debes incorporar o reforzar son las secciones de metodología de EBR, clasificación de clientes con medidas por nivel, mecanismos automatizados del Artículo 41, capacitación anual y auditoría anual, todo alineado a las fechas del calendario escalonado.

¿Aplica el manual a las actividades vulnerables pequeñas? Sí. El Acuerdo 115 aplica a todas las actividades vulnerables del Artículo 17 sin importar su tamaño. Una operación pequeña cubre los mismos apartados que una grande; la diferencia está en la profundidad de cada sección, no en cuáles debe incluir.

¿El manual debe describir los mecanismos automatizados aunque entren en vigor después? Sí. El manual es exigible desde el 1 de marzo de 2027 y los mecanismos automatizados desde el 1 de junio de 2027. El manual que prepares para marzo debe describir cómo operarán esos mecanismos, porque forman parte del sistema de gestión de riesgo que el documento explica.

¿Quién debe conocer y aplicar el manual? Todo el personal involucrado en la operación de las obligaciones PLD, no solo el oficial de cumplimiento. La regulación exige que el manual esté por escrito, sea conocido por el personal y se mantenga actualizado. La capacitación anual es, en parte, el mecanismo para acreditar que el personal efectivamente lo conoce.

¿El manual se entrega al SAT o solo se conserva? Se conserva y debe estar disponible para consulta. El SAT puede requerirlo en una visita de verificación, y el dictamen de la auditoría anual lo revisa como parte de la evaluación del sistema de cumplimiento. Debe conservarse junto con la evidencia de su aplicación.

Conclusión

El Acuerdo 115 no inventó el manual de políticas internas, pero lo transformó de requisito formal en documento de gestión. A partir del 1 de marzo de 2027, el manual tiene que describir con detalle la metodología de enfoque basado en riesgo, la clasificación de clientes, las medidas reforzadas para riesgo alto, los mecanismos automatizados del Artículo 41, la capacitación anual y la auditoría anual. Y no basta con describirlo: la operación tiene que coincidir con lo escrito, porque esa coincidencia es lo que la primera auditoría de 2028 va a evaluar.

Para el oficial de cumplimiento, el plan es claro: parte de la estructura general en la guía de manual de políticas PLD: qué debe incluir, incorpora las secciones nuevas que exige el Acuerdo 115/2026, alinea el manual con la matriz de riesgo del Acuerdo 115 y apóyate en un software PLD para actividades vulnerables que ya resuelve estas obligaciones de forma nativa. Empezar ahora, con margen antes de marzo de 2027, es lo que evita que el manual y la operación lleguen desalineados a la primera revisión.

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Equipo CumplimientoPLD

Especialistas en Cumplimiento Regulatorio PLD/AML

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