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Qué cambia con el Acuerdo 115 para inmobiliarias en México

El Acuerdo 115 obliga a las inmobiliarias a matriz de riesgo, monitoreo automatizado y auditoría anual. Qué hacer y en qué fechas.

Respuesta directa

El Acuerdo 115/2026 cambia el cumplimiento PLD de las inmobiliarias de un trámite formal —integrar expediente y presentar el aviso— a una gestión efectiva del riesgo. La compraventa de inmuebles sigue siendo actividad vulnerable, pero ahora cada inmobiliaria debe operar una matriz de riesgo que clasifique a sus clientes en bajo, medio y alto (desde el 1 de marzo de 2027), mecanismos automatizados de monitoreo que vigilen efectivo y desviaciones del perfil (desde el 1 de junio de 2027) y someterse a una auditoría anual cuyo primer periodo corre en 2028. Las reglas aplican a toda inmobiliaria, sin importar su tamaño. No sustituyen tus obligaciones actuales de KYC y avisos al SAT: las suben de nivel y les ponen fecha.

Si llevas el cumplimiento PLD de tu inmobiliaria con carpetas, un Excel de operaciones y la disciplina de presentar el aviso antes del día 17, el Acuerdo 115 te obliga a repensarlo. No porque desaparezca lo que ya haces —integrar expediente, identificar al cliente, presentar avisos al SAT sigue vigente—, sino porque encima de eso llegan obligaciones nuevas que no se sostienen a mano: clasificar el riesgo de cada cliente con una metodología documentada, automatizar el monitoreo y pasar una auditoría formal cada año.

Este artículo se enfoca en lo que el Acuerdo 115 significa específicamente para el sector inmobiliario: compraventa y desarrollo de inmuebles. Si buscas el mapa completo de tus obligaciones básicas —umbrales, KYC, expediente, aviso al SPPLD, errores comunes—, ese terreno está cubierto en la guía PLD para inmobiliarias en México, que sigue siendo tu punto de partida. Aquí asumimos que ya conoces esas bases y nos concentramos en lo que cambia con las Reglas de Carácter General.

Un dato de contexto que conviene fijar: el Acuerdo 115 se publicó en el DOF el 7 de agosto de 2026 y entra en vigor el 30 de noviembre de 2026, con obligaciones escalonadas hasta 2028. No es una propuesta ni un borrador; es la pieza que faltaba para operar la reforma a la LFPIORPI vigente desde julio de 2025. Para una inmobiliaria, esto significa que el reloj ya corre.

¿Por qué el Acuerdo 115 le importa tanto a una inmobiliaria?

El sector inmobiliario es uno de los vehículos históricos de lavado de dinero: un inmueble absorbe grandes sumas, convierte efectivo en un activo legítimo y dificulta el rastreo del origen. Por eso el regulador no lo trata como una actividad vulnerable más. El Acuerdo 115 reforma las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, añade once capítulos nuevos y hace un giro de fondo: del cumplimiento formal —tener los papeles— a la gestión efectiva del riesgo —detectar y actuar—.

Para una inmobiliaria esto se traduce en una diferencia práctica. Antes bastaba, en esencia, con integrar el expediente y presentar el aviso cuando la operación superaba el umbral. Con el Acuerdo 115 tienes que demostrar que entiendes el riesgo de cada cliente, que lo mides con una metodología, que lo vigilas de forma continua y que puedes probarlo ante una auditoría. El expediente perfecto de un cliente al que nunca clasificaste ni monitoreaste ya no es suficiente.

Y aplica a todos. No hay excepción por tamaño: la desarrolladora con cientos de unidades y el agente que cierra tres operaciones al año quedan dentro. Lo que cambia es la proporcionalidad de la implementación, no la obligación: una operación pequeña no está exenta de tener matriz de riesgo, simplemente su matriz será más sencilla.

¿Qué debe hacer una inmobiliaria y en qué fechas?

El Acuerdo 115 no exige todo el 30 de noviembre de 2026. Establece un calendario escalonado que le da a las inmobiliarias una ruta de trabajo por etapas. Estas son las fechas que debes tener en tu calendario:

  1. 30 de noviembre de 2026 — Entrada en vigor general. El Acuerdo 115 es exigible. A partir de aquí, la lógica de gestión de riesgo es el marco bajo el que opera tu inmobiliaria, y empieza a correr el plazo para las obligaciones específicas.
  2. 1 de marzo de 2027 — Matriz de riesgo, Manual de Políticas y clasificación de clientes. Tu inmobiliaria debe tener operando su enfoque basado en riesgo: una metodología que clasifica a cada cliente en riesgo bajo, medio o alto, su Manual de Políticas Internas actualizado y la clasificación aplicada a tu cartera.
  3. 1 de junio de 2027 — Mecanismos automatizados de monitoreo (Art. 41). El monitoreo deja de ser manual. Un sistema debe vigilar tus operaciones de forma continua y auditable.
  4. 2027 — Primer periodo de capacitación anual. Tu equipo —agentes, administración, quien intervenga en las operaciones— debe recibir capacitación formal en el nuevo marco.
  5. 2028 — Primer periodo de auditoría anual. Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028 corre la primera auditoría, con dictamen a más tardar el último día hábil de marzo de 2029.

La lectura correcta de este calendario es que empieces por la metodología. La matriz de riesgo de marzo de 2027 es la base sobre la que se construyen el monitoreo automatizado y la auditoría posterior. Si dejas la clasificación de clientes para el último momento, llegarás sin cimientos a las obligaciones que vienen después. Para una hoja de ruta general —no solo inmobiliaria— revisa qué hacer ahora que se publicaron las Reglas de Carácter General.

La nueva matriz de riesgo aplicada a la compraventa de inmuebles

El corazón del Acuerdo 115 para una inmobiliaria es la matriz de riesgo. Ya no clasificas operaciones solo por el umbral en UMAs; ahora clasificas a cada cliente en un nivel de riesgo —bajo, medio o alto— usando una metodología documentada, y ese nivel determina la intensidad de tu diligencia.

En el contexto inmobiliario, los factores que alimentan esa matriz son reconocibles para cualquier agente con experiencia:

  1. Forma de pago. Una operación con financiamiento bancario trazable no es lo mismo que una pagada en efectivo o con recursos de origen incierto. El efectivo eleva el riesgo de forma directa.
  2. Perfil del cliente. Un comprador cuyo perfil económico es congruente con el valor del inmueble pesa distinto que uno cuya capacidad no se explica con lo que declara.
  3. Tipo de cliente. Persona física conocida frente a persona moral con estructura accionaria compleja, fideicomiso o cliente extranjero de una jurisdicción de mayor riesgo.
  4. Presencia de PEP. Que el comprador, vendedor o su beneficiario controlador sea una persona políticamente expuesta obliga a medidas reforzadas.
  5. Características de la operación. Compras para reventa inmediata, pagos parciales que parecen estructuración, prisa injustificada por cerrar o compradores que no visitan el inmueble.

Para los clientes que caigan en riesgo alto, el Acuerdo 115 exige medidas reforzadas: conocer el origen y el destino de los recursos, no solo identificar a las partes. En la práctica, esto significa que una operación de riesgo alto en tu inmobiliaria requiere documentar de dónde viene el dinero y a dónde va, con un nivel de detalle que antes reservabas —si acaso— para los casos más evidentes. La matriz de riesgo del enfoque basado en riesgo es lo que convierte esa exigencia en un proceso repetible y no en un juicio caso por caso.

Mecanismos automatizados: qué se le pide al sistema de una inmobiliaria

A partir del 1 de junio de 2027, el Artículo 41 obliga a operar mecanismos automatizados de monitoreo. Para una inmobiliaria acostumbrada al Excel, este es el cambio más profundo: la vigilancia deja de depender de que una persona revise operación por operación y pasa a un sistema que lo hace de forma continua.

El Artículo 41 define seis funciones que ese mecanismo debe cumplir. Traducidas al día a día inmobiliario:

  1. Conservar el expediente único de identificación de cada comprador y vendedor, íntegro y accesible, por el plazo de diez años.
  2. Agrupar operaciones por cliente y detectar desviaciones del perfil: útil para desarrolladoras y agencias con clientes recurrentes o inversionistas que compran varias unidades.
  3. Proveer la información de la metodología de riesgo, para poder explicar por qué clasificaste una operación como lo hiciste.
  4. Ejecutar el modelo de evaluación y conservar el histórico por diez años, de modo que puedas mostrar cómo cambió el riesgo de un cliente en el tiempo.
  5. Generar alertas para clientes de riesgo alto y PEP, que no pueden quedar en la misma cola que una operación rutinaria.
  6. Monitorear el uso de efectivo y metales preciosos, que en el sector inmobiliario es donde históricamente se cuela el riesgo.

Sostener estas seis funciones a mano, con el volumen real de una operación inmobiliaria activa, es inviable. No porque la regla obligue a comprar una marca específica, sino porque el estándar funcional que describe solo lo cumple un sistema. El detalle función por función está desarrollado en la guía de mecanismos automatizados del Artículo 41; aquí basta con que retengas la idea: el papel y la hoja de cálculo dejan de ser opción en junio de 2027.

Beneficiario controlador y clasificación de clientes personas morales

Uno de los puntos que más se pasa por alto en las inmobiliarias —y que el Acuerdo 115 refuerza— es la identificación del beneficiario controlador cuando el comprador o el vendedor es una persona moral, un fideicomiso o una asociación.

El Acuerdo 115 establece un orden de prelación para identificar a esa persona física que en última instancia controla o se beneficia de la entidad, junto con reglas de transparencia de la estructura accionaria. El umbral de referencia —vigente desde 2025— es tener más del 25% de participación o ejercer control sobre las decisiones. Para una inmobiliaria, esto implica que ya no basta con recoger el RFC de la empresa compradora y el poder del representante: tienes que rastrear quién está detrás y documentarlo.

Combinado con la matriz de riesgo, la identificación del beneficiario controlador se vuelve un insumo de la clasificación. Una operación donde la estructura accionaria es opaca, donde no se identifica con claridad al controlador, o donde ese controlador resulta ser una PEP, debe subir de nivel de riesgo. La clasificación de clientes del Acuerdo 115 no es un ejercicio administrativo aislado: se alimenta de la diligencia sobre el beneficiario controlador y la vuelve consecuencia obligatoria del análisis de riesgo. Este punto está desarrollado en la guía sobre beneficiario controlador y el Acuerdo 115.

La auditoría anual: qué le espera a una inmobiliaria en 2028

La obligación que cierra el ciclo es la auditoría anual. El primer periodo audita el ejercicio del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028, con dictamen a más tardar el último día hábil de marzo de 2029. Es la prueba de que todo lo anterior —matriz, monitoreo, expedientes, capacitación— funcionó de verdad y no solo en el papel.

Aquí el nivel de riesgo de tu inmobiliaria define quién puede dictaminar:

  1. Riesgo bajo o medio: la inmobiliaria puede dictaminar a través de su área interna, siempre que documente el proceso y conserve la evidencia.
  2. Riesgo alto: se requiere un auditor externo independiente certificado por la UIF.

Para la mayoría de las inmobiliarias, la clasificación dependerá de su perfil de operación —volumen, uso de efectivo, tipo de clientes—, pero el mensaje operativo es el mismo: la auditoría no es algo que se prepara en marzo de 2029. Se prepara durante todo 2028, generando la evidencia día a día. Y esa evidencia solo existe si la matriz, el monitoreo y los expedientes vienen operando desde 2027. Una inmobiliaria que llegue a 2028 sin haber implementado las etapas previas no tendrá qué auditar, y eso es, en sí mismo, un hallazgo. El detalle de quién dictamina y cómo está en la guía de auditoría anual PLD del Acuerdo 115.

Regcheq PLD X: la plataforma para que una inmobiliaria opere el Acuerdo 115

Seamos directos. El Acuerdo 115 le pide a una inmobiliaria exactamente lo que un software PLD bien construido resuelve de forma nativa: matriz de riesgo, monitoreo automatizado con las seis funciones del Artículo 41, expedientes listos para auditoría e identificación de beneficiario controlador y PEP. Sostener todo eso con carpetas y Excel deja de ser viable en cuanto entran las obligaciones de 2027.

Regcheq PLD X está construido sobre este estándar: matriz de riesgo integrada que clasifica clientes en bajo, medio y alto; ejecución nativa de las seis funciones del Artículo 41 —incluido el monitoreo específico de efectivo y el histórico a diez años—; identificación guiada del beneficiario controlador con screening de listas y PEP; y expedientes organizados que llegan listos al dictamen de auditoría. Existen otras opciones en el mercado, y la decisión es tuya; el criterio honesto es preguntar si una plataforma cubre las obligaciones del Acuerdo 115 de forma nativa o si te obligará a desarrollos a la medida y fricción de última hora. Para comparar el panorama completo, revisa la guía de software PLD para actividades vulnerables.

Preguntas frecuentes

¿El Acuerdo 115 cambia mis obligaciones actuales de aviso al SAT? No las elimina; las mantiene y les agrega otra capa. Sigues integrando expediente, identificando al cliente y presentando el aviso al SPPLD cuando la operación supera los umbrales. Encima de eso, el Acuerdo 115 suma la matriz de riesgo, el monitoreo automatizado y la auditoría anual. Es acumulativo, no sustituto.

¿Una inmobiliaria pequeña o un agente independiente también debe cumplir el Acuerdo 115? Sí. Las reglas aplican a todas las actividades vulnerables del Artículo 17 sin excepción por tamaño. Lo que cambia es la proporcionalidad: tu matriz y tu implementación serán más sencillas que las de un corporativo, pero la obligación de tenerlas existe igual.

¿Desarrollar y vender inmuebles propios cuenta como actividad vulnerable bajo estas reglas? El detonante es el rol de intermediación en la compraventa. Muchas desarrolladoras que venden sus propias unidades quedan dentro del alcance. Si tu modelo incluye venta directa al público, debes analizar tu caso concreto; la línea fina está explicada en la guía de PLD para inmobiliarias, y ante la duda conviene resolverlo con un especialista.

¿Cuándo tengo que tener la matriz de riesgo funcionando? El 1 de marzo de 2027. A partir de esa fecha tu inmobiliaria debe tener operando la clasificación de clientes en riesgo bajo, medio y alto, junto con el Manual de Políticas Internas actualizado. Es la primera obligación específica del calendario y la base de todo lo demás.

¿Qué pasa si en 2028 no tengo evidencia para la auditoría? La auditoría dictamina el ejercicio completo de 2028. Si no operaste la matriz ni el monitoreo durante ese año, no habrá evidencia que auditar, y esa ausencia es un hallazgo en sí mismo. La auditoría no se improvisa: se construye con la operación diaria desde 2027.

Conclusión

Para una inmobiliaria, el Acuerdo 115 no es un ajuste menor: es el paso de “presentar el aviso a tiempo” a “demostrar que gestionas el riesgo de cada operación”. La compraventa de inmuebles sigue siendo actividad vulnerable, pero ahora con matriz de riesgo obligatoria desde marzo de 2027, monitoreo automatizado desde junio de 2027 y auditoría anual desde 2028. Aplica a toda inmobiliaria, sin importar su tamaño.

La buena noticia es que el calendario escalonado te da una ruta clara si empiezas por lo primero: definir tu metodología de riesgo y clasificar a tus clientes. Sobre esa base encajan el monitoreo y la auditoría sin rehacer trabajo. Usa la guía PLD para inmobiliarias en México para asegurar las bases, lee el análisis completo del Acuerdo 115/2026 para ubicar tu sector dentro del marco general, y no dejes la elección de la tecnología para el último trimestre: quien decida en mayo de 2027 va a llegar tarde a junio.

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Equipo CumplimientoPLD

Especialistas en Cumplimiento Regulatorio PLD/AML

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