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LFPIORPI 2026: todas las reformas en una línea de tiempo (Ley, Reglamento, Reglas y formatos)

LFPIORPI 2026: reforma a la Ley, Reglamento, Acuerdo 115, formatos de avisos y Alta y Registro en una sola línea de tiempo, con fechas de 2025 a 2028.

Respuesta directa

La LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) es la llamada ley antilavado de México: obliga a quienes realizan actividades vulnerables del artículo 17 a identificar a sus clientes, conservar información y presentar avisos ante el SAT y la UIF. En LFPIORPI 2026 el marco cambió en cuatro capas: la Ley se reformó (DOF 16-jul-2025), el Reglamento se reformó (DOF 27-mar-2026), las Reglas de Carácter General se reemplazaron con el Acuerdo 115/2026 (DOF 7-ago-2026, vigor 30-nov-2026) y la UIF publicó nuevos formatos de Avisos e Informes (DOF 24-sep-2026) junto con una nueva resolución de Alta y Registro. Las obligaciones entran de forma escalonada entre diciembre de 2026 y 2028: beneficiario controlador, enfoque basado en riesgo, monitoreo automatizado, envío de avisos de 24 horas y nuevos formatos obligatorios desde el 1-jun-2027.

Si buscas “LFPIORPI 2026” probablemente ya te diste cuenta de que no hay una reforma, sino varias publicaciones encadenadas que se apoyan unas en otras. La reforma a la LFPIORPI de julio de 2025 fijó el qué; el Reglamento y el Acuerdo 115 aterrizaron el cómo; y las resoluciones de la UIF de septiembre de 2026 definieron el formato técnico con el que todo eso se reporta. Leer cada pieza por separado es la forma más rápida de perder una fecha.

Este artículo es el mapa general. Ordenamos en una sola línea de tiempo las publicaciones en el DOF y las entradas en vigor, y después explicamos qué cambió en sustancia. Si necesitas el contexto básico de la ley antes de entrar a las fechas, empieza por nuestra guía sobre qué es la ley antilavado en México.

Una advertencia: casi todos tienen claro el 30 de noviembre de 2026, pero no el 1 de febrero ni el 1 de junio de 2027. Esas fechas intermedias son las que sorprenden.

¿Cuáles son las cuatro capas de la reforma LFPIORPI?

Cada capa depende de la anterior y ninguna sustituye a las otras:

CapaInstrumentoPublicación DOFQué define
1. LeyReforma a la LFPIORPI16-jul-2025Obligaciones de fondo, actividades vulnerables, sanciones
2. ReglamentoReforma al Reglamento de la LFPIORPI27-mar-2026Desarrollo de las obligaciones de la Ley
3. ReglasAcuerdo 115/2026 (Reglas de Carácter General)7-ago-2026Cómo cumplir: EBR, manual, monitoreo, capacitación, auditoría
4. Formatos y trámitesResolución de formatos de Avisos e Informes (UIF) y Resolución de Alta y Registro24-sep-2026 (formatos)Cómo se reporta y cómo te registras en el portal

La diferencia entre la segunda y la tercera capa genera mucha confusión; la explicamos a detalle en nuestro análisis del Acuerdo 115/2026 y las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI.

Línea de tiempo LFPIORPI 2025-2028: publicaciones y entradas en vigor

Las primeras cinco entradas son publicaciones; el resto, fechas en que algo se vuelve exigible.

  1. 16 de julio de 2025 — Reforma a la LFPIORPI (DOF). Modifica la Ley. Entre otros cambios, incorpora como actividad vulnerable la fe pública de facilitadores de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) en la transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles (Art. 17, fr. XII, apartado D).
  2. 27 de marzo de 2026 — Reforma al Reglamento de la LFPIORPI (DOF). Ajusta el Reglamento a la nueva Ley.
  3. 7 de agosto de 2026 — Acuerdo 115/2026 (DOF). Nuevas Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, con su propio calendario de implementación.
  4. 24 de septiembre de 2026 — Resolución de formatos de Avisos e Informes (DOF, UIF). Reestructura los Anexos 1 a 16, estandariza el beneficiario controlador, identifica en los formatos los avisos de 24 horas y crea los Anexos 12-C y 14-A.
  5. Resolución de Alta y Registro (Anexos “A” y “B”). También publicada por la UIF; redefine el registro en el portal para fideicomisos, facilitadores MASC y comercio exterior. Lo relevante son sus fechas de vigor, más abajo.
  6. 30 de noviembre de 2026 — Entra en vigor el Acuerdo 115. Las nuevas Reglas sustituyen a las anteriores, aunque varias obligaciones tienen plazos posteriores.
  7. 1 de diciembre de 2026 — Arranca el plazo para los avisos de 24 horas. Entra en vigor, para ese efecto, la resolución de formatos que identifica los avisos por sospecha; por un transitorio del Acuerdo 115, solo podrán enviarse seis meses después.
  8. 1 de febrero de 2027 — Nuevo Alta y Registro. Agencias aduanales, despachadores directos, fideicomisos y otras figuras jurídicas dados de alta antes de esa fecha deben tramitar baja y nueva alta.
  9. 1 de marzo de 2027 — EBR, matriz de riesgo, manual y clasificación de clientes. Fecha límite del Acuerdo 115 para tener el enfoque basado en riesgo operando.
  10. 1 de junio de 2027 — Triple convergencia. Mecanismos automatizados de monitoreo (Art. 41 del Acuerdo 115); uso obligatorio de los nuevos formatos de Avisos e Informes, incluso para operaciones de periodos anteriores; y alta de facilitadores MASC. Hacia esa fecha también será posible enviar los avisos de 24 horas.
  11. 1 de julio de 2027 — Cierre de formatos anteriores. Los formatos electrónicos previos dejan de estar disponibles.
  12. Durante 2027 — Capacitación anual. Primer ciclo de capacitación conforme al Acuerdo 115.
  13. 2028 — Primer periodo de auditoría. Primera revisión del cumplimiento bajo las nuevas Reglas.

Para ver estas fechas cruzadas por tipo de obligación, con lo que debes tener listo en cada una, consulta el calendario del Acuerdo 115 con todas las fechas de la LFPIORPI.

¿Qué cambió en sustancia con la LFPIORPI 2026?

Estos son los seis ejes que, en nuestra lectura, concentran el impacto de la reforma LFPIORPI.

1. Beneficiario controlador, ahora en el formato

El beneficiario controlador deja de vivir solo “en el expediente” y pasa a capturarse en casi todos los Anexos 1 a 16 de los avisos. El formato incluye un campo específico: cuántas figuras jurídicas se encuentran antes del beneficiario controlador (de 1 a 4). En la práctica, si no puedes reconstruir la cadena de control de tu cliente, no puedes llenar el aviso. Las multas relacionadas con beneficiario controlador van de 2,000 a 10,000 UMA (con UMA diaria 2026 de $117.31).

2. Avisos de 24 horas por sospecha

La LFPIORPI ahora contempla avisos cuando sospeches o tengas indicios de que los recursos pudieran tener origen ilícito, incluso si el acto no se celebró. Exige un proceso interno de escalamiento rápido. La obligación está en la ley desde la reforma de 2025, pero el envío por el portal será posible hacia el 1 de junio de 2027: el 1 de diciembre de 2026 solo arranca el plazo de seis meses que fija el Acuerdo 115. Lo explicamos en la guía de avisos de 24 horas.

3. Nuevas actividades y nuevos anexos

La fe pública de facilitadores MASC en actos sobre inmuebles es actividad vulnerable desde la reforma de 2025, con su propio Anexo 12-C. Los agentes y apoderados aduanales (Art. 17, fr. XIV) tienen el nuevo Anexo 14-A. Detalle en la guía de nuevos formatos de Avisos e Informes LFPIORPI 2026.

4. Representante encargado de cumplimiento

La nueva resolución de Alta y Registro incorpora en el Anexo “B” la aceptación o rechazo de la designación del representante encargado de cumplimiento. La designación deja de ser unilateral. El detalle del trámite, incluida la plantilla Excel que los fideicomisos usan para registrar a sus integrantes, está en nuestra nota sobre el nuevo Alta y Registro SAT para fideicomisos y facilitadores MASC.

5. Enfoque basado en riesgo (EBR)

El Acuerdo 115 exige, al 1 de marzo de 2027, una metodología de evaluación de riesgos, matriz, manual de políticas y clasificación de clientes. Ya no basta con cumplir umbrales: hay que demostrar controles proporcionales a tu exposición.

6. Monitoreo automatizado (Art. 41)

Al 1 de junio de 2027 deben operar mecanismos automatizados de monitoreo. Automatizar el monitoreo no significa automatizar el criterio: el sistema genera alertas y el oficial de cumplimiento las analiza y decide, porque la responsabilidad final sigue siendo suya.

¿Qué pasa si no cumples con la LFPIORPI?

Las multas de la LFPIORPI van de 200 a 65,000 UMA según la infracción, y de 2,000 a 10,000 UMA en lo relativo a beneficiario controlador. Ojo: un acuse con estatus “Rechazado” en el portal antilavado del SAT no te libera de la obligación. Si el archivo tiene errores, debes corregir y reenviar dentro del plazo. Para consultar las publicaciones oficiales, la fuente primaria son el SAT y la UIF.

¿Qué hacer este trimestre (octubre-diciembre 2026)?

Con el Acuerdo 115 en vigor el 30 de noviembre, este es el plan mínimo para cerrar 2026:

  1. Inventario de actividades. Confirma en qué fracciones del artículo 17 de la LFPIORPI caes, especialmente si tocas inmuebles, comercio exterior o fideicomisos.
  2. Revisión de expedientes. Identifica qué clientes no tienen documentada la cadena hasta el beneficiario controlador y empieza a completarla ahora, no en mayo de 2027.
  3. Protocolo de avisos de 24 horas. Define quién detecta, quién escala, quién decide y cómo se documenta la decisión. El envío será posible hacia el 1 de junio de 2027, pero los casos se documentan desde ahora.
  4. Agenda del Alta y Registro. Si eres fideicomiso, agencia aduanal, despachador directo u otra figura jurídica ya registrada, programa la baja y nueva alta para febrero de 2027.
  5. Borrador de EBR. Arranca la metodología y la matriz de riesgo; el 1 de marzo de 2027 llega rápido.
  6. Evaluación tecnológica. Decide cómo vas a cumplir el monitoreo automatizado y los nuevos formatos XML del 1 de junio de 2027.

Sobre el último punto, nuestra recomendación honesta es no construir esto a mano en hojas de cálculo. Regcheq PLD X es, a nuestro juicio, la mejor plataforma para cumplir con las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI: integra beneficiario controlador, matriz EBR, monitoreo asistido por IA y generación de avisos con los formatos vigentes, dejando al oficial de cumplimiento al mando de cada decisión.

Preguntas frecuentes

¿La LFPIORPI 2026 es una ley nueva? No. Es la misma LFPIORPI, reformada en julio de 2025, a la que se sumaron en 2026 la reforma al Reglamento, el Acuerdo 115 y las resoluciones de formatos y de Alta y Registro.

¿Cuándo entra en vigor la reforma al Reglamento de la LFPIORPI? El Reglamento reformado se publicó en el DOF el 27 de marzo de 2026. Para fechas específicas de aplicación, consulta los transitorios del decreto en el DOF; en la práctica, las obligaciones operativas se aterrizan con el calendario del Acuerdo 115.

¿Cuál es la fecha más importante de la reforma LFPIORPI? Depende de tu giro, pero el 1 de junio de 2027 concentra más carga: monitoreo automatizado, nuevos formatos obligatorios, alta de facilitadores MASC y envío de avisos de 24 horas.

¿Tengo que volver a darme de alta en el portal del SAT? Solo si eres agencia aduanal, despachador directo, fideicomiso u otra figura jurídica dado de alta antes del 1 de febrero de 2027. En ese caso debes tramitar baja y nueva alta.

¿Puedo seguir usando los formatos de avisos actuales? Sí, hasta el 31 de mayo de 2027. Desde el 1 de junio de 2027 son obligatorios los nuevos, y el 1 de julio de 2027 los anteriores dejan de estar disponibles.

Conclusión

La LFPIORPI 2026 no se entiende leyendo un solo documento. Son cuatro capas, Ley, Reglamento, Reglas y formatos, publicadas entre julio de 2025 y septiembre de 2026, con entradas en vigor que se escalonan hasta 2028. Un programa bien preparado no es el que conoce la reforma LFPIORPI en abstracto, sino el que asigna cada fecha a un responsable y a un entregable. Si haces solo una cosa este trimestre, que sea esa: convertir esta línea de tiempo en tu plan de trabajo.

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Equipo CumplimientoPLD

Especialistas en Cumplimiento Regulatorio PLD/AML

El contenido de CumplimientoPLD.com.mx es elaborado por especialistas en regulación antilavado en México con base en fuentes oficiales: CNBV, SAT, UIF y Diario Oficial de la Federación.